Reclamar al Seguro
RECLAMACIONES A COMPAÑÍAS DE SEGUROS
Previamente deberá formular su reclamación o queja ante el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, al defensor del cliente o partícipe. Deberá transcurrir un plazo de 2 meses para proceder en el caso de que sea denegada, a reclamar al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
No será preciso para la admisión y tramitación de reclamaciones o quejas ante el servicio de reclamaciones correspondientes, cuanto tengan por objeto la demora o incumplimiento de una decisión del departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, del defensor del cliente o partícipe de la entidad, en sentido favorable al cliente, que hubiera versado sobre el objeto de la queja o reclamación.
Una vez se proceda a la apertura de expediente por cada reclamación, se informará al interesado en un plazo de diez días ha´biles, de que su tramitación se entiende sin perjuicio de las acciones que le asisten para hacer valer sus derechos y de los plazos y cauces para su ejercicio, así como que no paralizará la resolucion y tramitación de los correspondientes procedimientos y que su terminación en el informe final del servicio de reclamaciones no tiene carácter vinculante ni la consideración de acto administrativo recurrible.
La Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, regula el procedimiento de presentación de reclamaciones.
Existen dos vías para la reclamación:
- Dirigiendo el escrito al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, (Paseo de la Castellana nº 44, 28046 Madrid).
::ACCESO AL FORMULARIO:: [ Soporte Papel.pdf ]
- Por vía telemática con certificado digital electrónico (Fabrica Nacional dde Moneda y Timbre), a través de la web Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Tienen la consideración de reclmaciones las presentadas por los usuarios que pongan de manifiesto hechos concretos, referidos a acciones u omisiones de las entidades financieras reclamadas que supongan para quien las formula un perjuicio de sus interéses o derechos y que deriven de presuntos incumplimientos por las entidades reclamadas.
CONTENIDO DE LA RECLAMACIÓN O QUEJA.
Los datos identificativos del reclamante, nombre y apellidos, o denominación social en el caso de personas jurídicas, domicilio a efectos de notificaciones y número de identificación de las personas físicas o entidades, o, en su caso, datos del registro público de la entidad de que se trate. Si se presenta por medio de representante, se acreditará la representación por cualquier medio admitido en derecho.
La identificación de la entidad reclamada, así como de la oficina o sucursal a que se refiere en su caso la reclamación o queja.