Ley de Patentes
Arreglo de Estrasburgo (CIP). LEYLEGAL.pdf (107121)
CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PATENTES.pdf (84813)
Anteproyecto de Ley de Patentes
Aprobado por el Consejo de Ministros, este proyecto de Ley revisa el marco legal de la propiedad industrial en España mediante una profunda renovación de la Ley 11/1986 de Patentes, vigente hasta la fecha.
Se contempla simplificar los procedimientos y se adapta la normativa al marco internacional de propiedad industrial, favoreciendo la internacionalización de las empresas. A su vez se adaptaría la normativa española al ámbito comunitario y a otras normas y tratados internacionales.
También se pretende fomentar la iniciativa emprendedora mediante la reducción de un 50% de la tasa para la obtención de una patente para los emprendedores.
Se incluirían expresamente entre los títulos de protección los Certificados Complementarios de Protección, o CCP, título de propiedad industrial que extendería por un plazo máximo de cinco años la protección otorgada a una patente de un producto farmacéutico o fitosanitario, para compensar el mayor plazo de tiempo que transcurre para estos productos desde que se concede la patente hasta que se autoriza su comercialización.
Las patentes tramitadas han crecido en número y en proporción estos últimos años. Hoy más del 90% de las patentes con efectos en España so son por la Oficina Europea de Patentes (OEP).
Claves de la Ley
- Se elimina el actual sistema "a la carta", introducido en la reforma llevada a cabo por el Real Decreto-ley 8/1998, de 31 de julio, de medidas urgentes en materia de propiedad industrial. El único sistema para la concesión de patentes será el de examen previo de novedad y actividad inventiva.
- La figura del modelo de utilidad se modifica en aspectos como, la determinación del estado de la técnica relevante, el tipo de invenciones que pueden ser protegidas y las condiciones y las acciones en defensa del derecho derivado de este título.
- Se actualizan disposiciones referidas a las llamadas en la Ley de Patentes de 1986 "invenciones laborales" y se incluyen otras sobre los CCP, las licencias obligatorias, los procedimientos de nulidad, limitación y caducidad, el acceso a la representación profesional y su ejercicio en el marco de la transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre, relativa a los servicios del mercado interior.
- Se suprime el plazo de gracia para divulgaciones causadas por el solicitante o su causante que no impliquen explotación o un ofrecimiento comercial del invento.
- Se insta un reconocimiento de la prioridad interna, para no discriminar a quienes presenten su primera solicitud en España y permitirles la presentación mejorada o corregida de solicitudes posteriores, beneficiándose de los efectos de la prioridad para los elementos comunes a las dos solicitudes.