Inspección de Trabajo

01.01.2015 09:07

Denuncia Inspección de Trabajo y Seguridad Social

La ITSS ejercicio de sus funciones, planifica sus actuaciones con el objetivo de conseguir el complimiento de la normativa laboral. 

Cualquier ciudadano conocedor de algún incumplimiento de la normativa ya sea laboral, de Seguridad Social o de Prevención de Riesgos, puede ponerlo en concomiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), cumplimentando el Formulario de Denuncia. 

El escrito de denuncia deberá contener: 

  • Datos de identificación personal del denunciante y su firma, siendo necesario incluir teléfono de contacto. 
  • Los hechos presuntamente delictivos constitutivos de infracción. Concretando qué se denuncia y a qué materia concreta afecta (laboral, seguridad social, prevención de riesgos, etc.).
  • Fecha y lugar en el que se producen los hechos. Es necesaria su localización exacta en caso de no ubicarse dirección concreta. 
  • Identificación de los presuntamente responsables, señalando el empleador o empresario al que se denuncia.
  • Demás circunstancias relevantes, acompañando, en su caso, la documentación justificativa. 
PRESENTACIÓN DE LA DENUNCIA
 
  • PRESENTACIÓN PRESENCIAL: Personándose en los registros de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social, así como en los registros de los demás órganos de la Administración del Estado y de la Comunidades Autónomas, así como de las administraciones locales, siempre que exista el correspondiente convenio. 

 

 

Régimen de Sanciones: Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la impisición de sanciones por infracciones de Orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales "BOE" núm. 132, de 3 de junio de 1998. Referencia: BOE-A-1998-12816. TEXTO CONSOLIDADO. Última modificación: 16 de marzo de 2013

Tema: Inspección de Trabajo

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