Fondo de Ayuda Europea

29.12.2014 20:21

 

PREVISIÓN OPERATIVA DEL FONDO DE AYUDA EUROPEA PARA LAS PERSONAS MÁS DESFAVORECIDAS (FEAD) (2014-2020).

Los último datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) para el segundo trimestre de 2014, revelan que se ha producido un incremento de la población ocupada de 402.000 personas (275.400 hombres y 127.000 mujeres) alcanzando un total de 17.353.000. El número de personas desempleadas se sitúa en 5.622.900 (184.400 hombres y 126.000 mujeres menos que el periodo anterior). De esta forma, la tasa de paro cae hasta el 24,47%.

Los hogares que tienen a todos sus miembros activos en paro se sitúan en 1.834.000. La Tasa de riesgo de pobreza o exclusión social de la Unión Europea (Estrategia Europa 2020, Tasa AROPE), ha aumentado en España. 

La falta de recursos económicos limita las posibilidades de compra de productos básicos para el mantenimiento de una calidad de vida mínima, y por tanto, las posibilidades de acceder a una alimentación equilibrada y ajustada a las necesidades de las personas. 

Para el periodo 2014-2020, la Unión Europea ha creado el Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (FEAD) para apoyar las acciones de los Estados miembros proporcionando una amplia gama de asistencia material no financiera. En España, el FEAD se centrará en paliar la privación alimentaria. 

En España se aplicará el Programa Operativo (OP) para abordar la privación alimentaria. Este programa hará llegar los alimentos y las medidas de acompañamiento a las personas destinatarias, en tres Fases. 

Primera Fase. El ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través del FEGA, contratará la provisión de suministros, siguiendo los procedimientos establecidos en la normativa nacional sobre contratación del sector público. 

Segunda Fase. Establecer el procedimiento y requisitos que han de cumplir, las organizaciones asociadas (públicas o sin ánimo de lucro que reciban los alimentos) y las entidades sociales (públicas o sin ánimo de lucro) se encargarán de entregar los alimentos, mediante consumo directo en sus locales, y aplicar a su vez las medidas de acompañamiento a las personas destinatarias. 

Tercera Fase. Se diseñará un Plan de suministro, distribución de los alimentos y control.

El documento de planificación, seguimiento y control, especificará: 

  • fases de reparto y plazos de entrega según las campañas; 
  • porcentaje de alimentos que recibirá cada región en función de criterios cuantitativos de reparto territorial previamente establecidos y justificados según indicadores objetivos de la situación socioeconómicas; 
  • empresas agroalimentarias adjudicatarias y otras organizaciones intervinientes. 
  • procedimiento de solicitud o participación en el programa de entidades sociales como distribuidoras de alimentos entre personas destinatarias; 
  • procedimiento de selección de entidades sociales; 
  • organización y documentación de la distribución de alimentos y proceso de control del mismo; 
  • plan de seguimiento y control del Plan de suministros y definición y designación de unidades de control (autoridades competentes encargadas de garantizar el buen funcionamiento del Plan en todo el territorio). 
Cuarta Fase. Apertura del plazo de presentación de solicitudes. 
 
Qinta Fase. Distribución de alimentos mediante lotes de alimentos o mediante comidas elaboradas. 
 
A este programa se añadirán las medidas de acompañamiento destinadas a mejorar la inclusión social de las personas destinatarias del FEAD. En este sentido, cada entidad social debera ofrecer como medida de acompañamiento la "información sobre los recursos sociales más cercanos" para lo cual contará con algún tipo de folleto, hoja o panel informativo en el que se identifiquen los centros de servicios sociales, centros de atención social de entidades del tercer sector de acción social y cualquier otro donde se lleven a cabo acciones dirigidas a la prevención, promoción e inserción social. 
 
Se podrán tomar otras medidas de acompañamiento bajo la supervisión de prestación de servicios, programas, actividades, etc, dirigidas a la inserción sociolaboral, por un equipo de personas competentes en la materia. Se llevará,  además,  un registro de las personas beneficiarias que reciban esta medida, donde conste la actuación prestada. 
 
Origen de datos: "Ministerio de Empleo y Seguridad Social.". "Unión Europea"

 

Francisco Javier González García. LEYLEGAL

 

 

Tema: FEAD

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